El Constitucional establece la ley de amnistía como su objetivo principal
El Tribunal Constitucional anticipa emitir su primera sentencia sobre la ley de amnistía antes del próximo verano. El análisis y resolución de esta normativa representa el desafío más significativo que el tribunal enfrentará a lo largo de 2025. Se han presentado 23 impugnaciones contra la ley, que otorga perdón por los delitos relacionados con el procés, abarcando tanto recursos como cuestiones de inconstitucionalidad. A esta cifra se suman diversas solicitudes de amparo que continúan llegando al órgano de garantías. Estas peticiones provienen de personas afectadas por procesos en los que aún está pendiente la aplicación de la ley de amnistía, así como de algunos líderes independentistas que desean constituirse como parte interesada para oponerse a las iniciativas planteadas contra esta normativa.
La decisión del Tribunal Supremo de cuestionar la amnistía utilizando un solo caso sobre desórdenes públicos y delitos de atentado ha impedido que se admitan a trámite estas solicitudes, porque dichos líderes no estaban directamente afectados por este previo procedimiento penal. Por otro lado, para que el tribunal pueda iniciar el debate sobre la ley de amnistía es preciso cerrar antes el capítulo de las recusaciones, que durante el último trimestre ha tenido efectos obstructivos en su labor. Queda pendiente la relativa al magistrado José Mario Macías, del sector conservador del tribunal. Fiscalía y Abogacía del Estado han pedido que se le aparte de las deliberaciones sobre este asunto por falta de imparcialidad, dados los criterios contrarios a dicha norma que mantuvo en dos declaraciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando era vocal del órgano de gobierno de los jueces.
Macías dejó claro que, a diferencia del magistrado Juan Carlos Campo, exministro de Justicia, no se inhibiría, y el pleno del Constitucional decidirá durante el mes de enero si debe admitir su recusación por haber sostenido en dichos documentos que la ley de amnistía es contraria a principios y derechos fundamentales proclamados por la Constitución. Entre los miembros del sector progresista del tribunal no existen dudas sobre la procedencia de apartar a Macías de la deliberación y decisión sobre la ley de amnistía. El recusado entiende que no hay motivo para ello porque en otras ocasiones no se ha aceptado la abstención de otros componentes del tribunal que antes de serlo mantuvieron criterios contrarios a la constitucionalidad de otras leyes. El informe del CGPJ sobre la amnistía firmado por Macías el pasado marzo, seis meses antes de ser nombrado magistrado del Constitucional, sostenía que la ley del perdón penal a los encausados del procés independentista no pretendía la normalización política en Cataluña, sino que se trataba de un pacto político para satisfacer “intereses partidistas” y desbloquear la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno.